Las practicas, ejecuciones y el ministrar justicia se debe ajustar a jurisprudencias internacionales y los fallos no pueden ser presentados como una suerte de un conjunto de interpretaciones subjetivas sobrepasando a la autoridad superior en materia de derechos y de lo que ya está normado internacionalmente en materia de jurisprudencias ejemplares.
El derecho internacional en materia de derechos humanos establece normas y principios relativos a casi todos los aspectos de la existencia, tal como lo refleja la comunidad internacional en la constante reafirmación de la indivisibilidad e interdependencia de todos los derechos humanos, así sean civiles, culturales, económicos, políticos o sociales.
La indispensable igualdad de todos los derechos humanos, ahora bien establecida en las disposiciones de los instrumentos internacionales de derechos humanos, se hace patente especialmente al examinar las violaciones de los derechos humanos relacionadas no sólo con un derecho sino con una amplia gama de derechos humanos. Una de esas violaciones es la práctica de los desalojos forzosos: el traslado de personas, familias o comunidades de sus hogares, tierras o vecindarios contra su voluntad, atribuible directa o indirectamente al Estado.
Es posible que, a primera vista, no se considere necesariamente que los desalojos forzosos son una cuestión de derechos humanos, sino sencillamente un efecto secundario del desarrollo o de la renovación urbana, la consecuencia de un conflicto armado o un aspecto de la protección del medio ambiente o la producción de energía, por ejemplo, para la construcción de una presa. Sin embargo, la constante amenaza o el hecho de ser desalojado por la fuerza de su casa o de su tierra es sin duda una de las mayores injusticias que pueden cometerse contra una persona, una familia, un hogar o una comunidad.
La inseguridad permanente de quienes temen ser víctimas de esta práctica, así como el frecuente recurso a actos de violencia para llevarla a cabo, ya revelan el trauma particular y colectivo que se produce siempre ante la posibilidad de un desalojo forzoso. Nadie pide ser desalojado.
Tolerado en la mayoría de las sociedades y fomentado oficialmente en muchas, el desalojo forzoso desmantela lo que la gente ha tomado meses, años y hasta decenios en construir, destruyendo cada año el sustento, la cultura, la comunidad, las familias y los hogares de millones de personas en todo el mundo.
Lejos de solucionar los problemas de vivienda o las crisis urbanas, los desalojos forzosos destruyen las moradas y los asentamientos humanos que la gente considera como su hogar y tal vez sería más apropiado calificarlos de sistema de "privación de vivienda" que de reacción humanitaria y constructiva ante la actual crisis mundial de la vivienda.
En los últimos años, el programa de derechos humanos de las Naciones Unidas ha dedicado más y más atención a la práctica de los desalojos forzosos, lo que indica la gravedad de la preocupación mundial por la expulsión, a menudo violenta, de las personas de su domicilio. Las Naciones Unidas intervienen en diversos esfuerzos para hacer frente a las causas estructurales del desplazamiento de personas y dar respuestas eficaces que brinden asistencia y protección a los desplazados; entre esos esfuerzos figuran las actividades de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Refugiados, el representante del Secretario General sobre la cuestión de los desplazados internos, el Comité Internacional de la Cruz Roja, etc.
Algunos han llamado la época en que vivimos "el siglo de los desplazados". En los últimos tiempos cientos de millones de personas han sido desalojadas por la fuerza de su hogar, de su tierra y de su comunidad por diversas causas. Cada año diez millones de personas por lo menos son objeto de desalojo forzoso, sin contar el elevadísimo número de personas que son apartadas de su lugar de origen como consecuencia del desplazamiento interno, de la purificación étnica, de las corrientes de refugiados o de otras manifestaciones del traslado obligado de la población.
El desalojo forzoso no se limita a las zonas rurales en que se construyen presas y proyectos vinculados a embalses u otras obras de infraestructura, o en que se desposee a agricultores o pueblos indígenas de las tierras que tradicionalmente han poseído y explotado. En las zonas urbanas también se producen cada vez más desalojos forzosos en muy gran escala. En algunas ciudades se ha desalojado a cientos de millares de personas en un solo día. En 1990, en una gran ciudad del Africa occidental, en unas cuantas horas 300.000 personas fueron despojadas de sus casas y sus bienes sin previo aviso, sin indemnización, sin que se les ofreciera la posibilidad de reasentamiento ni resarcimiento establecida por ley. Antes del desalojo llevaban más de 30 años en el barrio afectado.
El rápido crecimiento urbano, la globalización de las fuerzas económicas, las medidas de ajuste estructural, la pasividad de los poderes públicos a la hora de garantizar los derechos de los grupos desfavorecidos, la discriminación progresiva y a menudo sistemática y otras fuerzas también contribuyen a la frecuencia de los desalojos forzosos.
En los últimos años, el reconocimiento internacional de las repercusiones negativas que pueden tener y a menudo tienen esos desalojos para los derechos humanos ha sido apreciable. Se está poniendo de manifiesto más y más un incipiente consenso mundial en torno a la inadmisibilidad de los desalojos forzosos. Un relator especial de las Naciones Unidas ha destacado que "la cuestión de los traslados y los desahucios forzados se ha incluido en los últimos años en el programa internacional sobre derechos humanos porque se considera una práctica que inflige un daño grave y desastroso a los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales básicos de muchas personas, tanto en calidad de individuos como de colectividades" (E/CN.4/Sub.2/1993/8, párr. 21). Diversos organismos de derechos humanos de las Naciones Unidas han declarado que los desalojos forzosos son "una violación grave de los derechos humanos" y se ha pedido a algunos gobiernos que hagan todo lo posible por suprimirlos.
En el presente folleto informativo se estudia la cuestión de los desalojos forzosos desde la perspectiva internacional de los derechos humanos y se esboza la relación bien determinada entre el desalojo forzoso y los derechos humanos. También se resumen los distintos adelantos jurídicos registrados en los planos internacional, regional, nacional y local y otros acontecimientos relacionados con este tema.
http://www2.ohchr.org/spanish/about/publications/docs/fs25_sp.htm