EL REINO VEGETAL
Sin la diversidad y existencia del reino vegetal en el mundo, la tierra sería un planeta irreconocible y sin la vida llena de matices que hoy conocemos.
RELACIONES Y SENSACIONES
Ningún ser humano podría disfrutar de su entorno, si el mismo no estuviera contenido por varios componentes que en esta imagen lo acompañan.
LA FAMILIA ES LA BASE DE TODA SOCIEDAD
Todo ser humano necesita estar acompañado por sus seres queridos. Y la relación entre sus pares es necesaria para su realización, crecimiento personal y desarrollo social
COMISIÓN INTERAMERICANA DE LOS DERECHOS HUMANOS
De acuerdo con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Comisión se compone de siete miembros que deben ser personas de alta autoridad moral y reconocida competencia en materia de derechos humanos, elegidos a título personal por la Asamblea General de la OEA de una lista de candidatos propuestos por los gobiernos de los Estados miembros..
lunes, 21 de noviembre de 2016
martes, 15 de noviembre de 2016
El juez de primera instancia rechazó la pretensión resarcitoria de la demandante, pues consideró que la mujer no había acreditado ningún perjuicio concreto. Entonces, la actora apeló este pronunciamiento judicial, e insistió en el daño moral que sufrió, en la procedencia del daño punitivo y criticó la valoración de la prueba efectuada por el magistrado de grado. Para comenzar, la Cámara Federal señaló que “el rechazo de la demanda nada tuvo que ver con la falta de responsabilidad de la empresa demandada” pues “el propio magistrado tuvo por cierto el incumplimiento de esta última, derivado de la falta de servicio”, por ende, “no es la responsabilidad de la demandada lo que se discute, sino la existencia misma de los perjuicios”. Luego, el Tribunal Civil y Comercial explicó que ellos acostumbran a admitir el resarcimiento por daño moral “siempre que las molestias y padecimientos fruto de la interrupción de la línea telefónica excedan de aquella incomodidad que ordinariamente debe soportar una de las partes de un contrato ante tal coyuntura”. Acto seguido, la Justicia de Alzada afirmó que esa doctrina era aplicable al caso pues la actora “tenía 68 años al momento del corte, es jubilada, vive con su esposo –quien tiene problemas de salud- y se vio privada por un largo período -43 días (no 35 como se expuso en la sentencia de grado)- de un servicio tan básico y elemental para la vida cotidiana en una sociedad moderna como lo es el teléfono”. “En consecuencia, concurren en el supuesto de autos circunstancias especiales que tornan acreedora a la señora S. de una compensación pecuniaria por el daño moral sufrido”, precisaron a continuación los magistrados federales. Dicho eso, los jueces fijaron la indemnización por daño moral en 5000 pesos, más intereses. En cuanto al daño psicológico, el Tribunal Civil y Comercial decidió confirmar el pronunciamiento de grado, que rechazó este rubro “con sustento en el peritaje psicológico”. Por su parte, con relación al daño punitivo, los jueces indicaron que había sido rechazado en primera instancia porque “se encontraba ya resarcido” y también confirmaron la denegación de este concepto. Por lo tanto, la Cámara Federal resolvió admitir en forma parcial la demanda de la particular y revocó la sentencia de grado. La actora fue favorecida con una indemnización por daño moral de 5000 pesos y Telefónica fue condenada al pago de ese resarcimiento y de las costas.